LIQUIDACIÓN DE LICENCIAS REMUNERADAS, NO REMUNERADAS Y SUSPENSIONES DISCIPLINARIAS EN SALARIOS VARIABLES

En este estudio abordaremos la liquidación de las suspensiones disciplinarias, licencias, permisos no remunerados y remunerados concedidos por el empleador a trabajadores que reciben como contraprestación por sus servicios un salario variable, o sea, aquellos cuyo pago no se da en función de un periodo de tiempo, sino como resultado de lo que el trabajador hace, sea porque recibe comisiones, o se le paga por unidades producidas, por tarea, o destajo, donde en un mismo periodo la remuneración presentará cambios que denotan mayores o menores ingresos. Veamos.

En los periodos de suspensiones disciplinarias ; como es apenas lógico, cesa la obligación del pago de salarios a cargo del empleador y para el trabajador la de prestar sus servicios, así, estos periodos pueden descontarse al liquidar vacaciones, cesantías y jubilación , con la salvedad que la suspensión se debe aplicar en días hábiles y no exime al empleador del pago del dominical, aun cuando no se ha laborado la jornada ordinaria semanal, pues la suspensión se trata de un acto proveniente de la voluntad del empleador, igual tratamiento recibirían las licencias o permisos no remunerados.

Respecto de las licencias de otorgamiento obligatorio por el empleador que están expresamente definidas en diez circunstancias concretas y que, si implican su pago, estas tendrían como base para su liquidación y pago del promedio de lo devengado en el mes inmediatamente anterior. Este mismo manejo se extiende a los permisos y/o licencias remuneradas, pues estás implican el pago de salario y por salario se entiende el total de emolumentos que lo componen.

Ahora bien, en lo que tiene que ver con las licencias remuneradas no obligatorias o permisos remunerados, estos periodos pueden compensarse con trabajo en jornadas adicionales a las ordinarias dentro del marco de un equilibrio contractual, pero sólo si dicha licencia obedece a razones imputables a la decisión libre y voluntaria del trabajador.

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