Área de práctica · 02
Derecho comercial
civil y de
la empresa.
Direccionamiento estratégico en asuntos societarios, contractuales y patrimoniales: estructuras sólidas que protegen sus intangibles y resisten el escrutinio de cualquier auditoría.
Gobierno y estructura
Estructuras que
resisten.
Del pacto de socios a la fusión: acompañamos el ciclo completo de la empresa con visión de negocio, protegiendo el patrimonio y la reputación en un mercado altamente regulado.
Constitución y gobierno corporativo
Sociedades, estatutos, juntas y actas con plena validez registral.
Fusiones y adquisiciones
Due diligence, estructuración y cierre con los riesgos identificados antes de firmar.
Contratos y franquicias
Redacción y auditoría preventiva de cláusulas, en especial en contratos de adhesión.
Propiedad intelectual e industrial
Registro y vigilancia de marcas; protección de los intangibles que valorizan su compañía.
Fiducia y patrimonios autónomos
Estructuración fiduciaria para blindar activos frente a acreedores posteriores.
Insolvencia y reorganización
Reorganización y liquidación con estrategia para preservar el valor de la empresa.
Criterio al día
2025 — 2026.
La jurisprudencia reciente redefine estructuras patrimoniales y societarias. Así la aplicamos a favor de su empresa.
Sociedad patrimonial vs. de hecho
Entre compañeros permanentes, la sociedad de hecho comercial exige prueba rigurosa del aporte de capital y de la voluntad de explotación mercantil. La diferencia define de quién es qué.
La escritura manda
La escritura pública extingue la promesa de compraventa: toda reclamación posterior debe fundarse exclusivamente en el instrumento público.
Patrimonio blindado
A diferencia del encargo fiduciario, la fiducia crea un patrimonio autónomo inembargable por acreedores posteriores del fideicomitente.
Cláusulas abusivas
La auditoría preventiva de contratos de adhesión evita ineficacias de pleno derecho y sanciones.
«Las actas deben contener la constancia de ser fiel copia del original para su registro mercantil exitoso.»
Artículo 189 · Código de Comercio — el detalle que decide un registro