TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES A TRAVÉS DE CÁMARAS DE VIGILANCIA

Por regla general, la Ley 1581 de 2012 (Ley de Habeas Data) resulta aplicable a la recolección de imágenes a través de sistemas de videovigilancia que estén vinculadas con una o varias personas determinadas o indeterminadas. Sin embargo, cuando la grabación se lleve a cabo en un ámbito exclusivamente personal o doméstico, es decir, que los datos personales no estén destinados a circular y que sean mantenidos por una persona natural en su esfera íntima, no les serán aplicables las disposiciones del régimen de protección de datos personales.

Los responsables del tratamiento de los datos personales tienen la obligación de obtener la autorización por parte del titular al momento de su recolección, informándole que la finalidad específica del tratamiento, esto es, la recolección, el almacenamiento, la circulación y/o supresión de los mismos a través de mecanismos que garanticen su posterior consulta.

Se entiende que el titular de la información ha dado su autorización cuando sea por escrito, oral o mediante conductas inequívocas, es decir, aquellas que no admiten duda o equivocación y que permitan concluir de forma razonable que otorgó la autorización. Con el fin de recolectar la autorización para el tratamiento de datos personales a través de cámaras, se pueden utilizar señales o avisos distintivos en las zonas de videovigilancia, principalmente en las zonas de ingreso, los lugares que están siendo vigilados y monitoreados y al interior de estos.

Incluso, ha señalado la Superintendencia de Industria y Comercio, que se pueden emplear anuncios de audio en los casos que sea posible, por ejemplo, en bancos, centros comerciales o grandes superficies, lo cual debe ser informado a los titulares. Estas señales o avisos deben cumplir como mínimo el contenido de un aviso de privacidad, es decir:

  1. Incluir información sobre quién es el responsable del tratamiento y sus datos de contrato.
  2. Indicar el tratamiento que se dará a los datos y la finalidad del mismo.
  3. Incluir los derechos de los titulares de la información.
  4. Indicar el lugar donde está publicada la política de tratamiento de la información.

Adicionalmente, el aviso debe ser visible y legible, teniendo en cuenta el lugar en el que opere el sistema de vigilancia. De conformidad con lo anterior, se sugiere el siguiente modelo de aviso:

ZONA DE VIDEOGRABACIÓN

AVISO IMPORTANTE: Usted está siendo video-grabado por las cámaras de seguridad de la sociedad comercial (NOMBRE DE LA EMPRESA), con domicilio en la ciudad de Bucaramanga.

Las imágenes y sonidos captados por las cámaras de videovigilancia serán utilizadas para su seguridad y de las personas que nos visitan. Todo lo anterior, con el debido manejo y uso de sus datos personales de conformidad con lo establecido en la Ley 1581 de 2012.

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