TÉRMINO PARA REALIZACIÓN DE ASAMBLEA ORDINARIA
La realización de asambleas ordinarias en las sociedades comerciales, constituye una obligación que debe ser atendida por el máximo órgano social dentro de los tres (3) primeros meses de cada año, es decir, a más tardar el día treinta y uno (31) de marzo, o en la fecha señalada en los estatutos sociales. En el …










