¿QUÉ IMPLICACIONES TIENE LA AUSENCIA DE UN ACUERDO PARA EL PAGO DE LOS APORTES A SEGURIDAD SOCIAL DEL CONTRATISTA?
En el marco de lo dispuesto por el Artículo 21 de la Ley 2381 de 2024, se establece una nueva facultad para las partes en los contratos de prestación de servicios: el contratante y el contratista podrán acordar que la responsabilidad de la cotización al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y …








