El trabajo suplementario o de horas extras en Colombia está estrictamente regulado para proteger la salud y el bienestar del trabajador. Las principales normas que rigen este límite son el Artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), el cual no ha sido modificado por la Ley 2466 de 2025 en lo referente a la cantidad máxima de horas extras que un empleado puede trabajar.
Definición y Límite Diario y Semanal
El trabajo suplementario es aquel que se realiza por fuera de la jornada ordinaria de trabajo. La ley establece dos límites específicos que no pueden ser superados bajo ninguna circunstancia:
- Límite Diario: Se permite un máximo de dos (2) horas extras al día.
- Límite Semanal: El total de horas extras no puede exceder las doce (12) horas a la semana.
Estas restricciones aplican para cualquier tipo de contrato de trabajo, salvo aquellas actividades de vigilancia y los denominados como trabajadores de dirección, confianza y manejo. Cualquier acuerdo contractual que supere estos límites es considerado ineficaz y no tiene validez legal.
Es crucial que la empresa lleve un registro detallado de las horas suplementarias trabajadas por cada empleado para garantizar la correcta liquidación y el cumplimiento de los límites establecidos. El incumplimiento de esta normativa puede dar lugar a sanciones por parte del Ministerio del Trabajo

