En el ámbito de la regulación interna de las sociedades, es fundamental distinguir adecuadamente entre los conceptos de capital social y patrimonio, ya que, si bien están relacionados, cumplen funciones específicas dentro de la estructura jurídica de una sociedad.
1. Capital Social
El capital social es la contribución inicial que los socios o accionistas aportan se comprometen a entregar a una sociedad cuando se constituye, o en futuras ampliaciones de capital. Es, en esencia, la base sobre la que se construye la sociedad y representa la inversión inicial de sus propietarios.
El capital puede estar representado en cuotas, partes de interés o acciones, dependiendo del tipo societario, y sus principales características son las siguientes:
- Es un elemento esencial del contrato social o de los estatutos, por lo que solo puede modificarse conforme a los mecanismos previstos para la reforma de estos documentos.
- Su monto está establecido en los estatutos de la sociedad y su modificación, esto es, aumento o reducción, requiere la aprobación de los socios o accionistas.
- Puede estar conformado por aportes en dinero, en especie o en industria (según el tipo de sociedad), y puede estar suscrito y no necesariamente pagado en su totalidad.
2. Patrimonio
El patrimonio, por su parte, es el valor total de los recursos propios de una empresa. Se calcula como la diferencia entre los activos, es decir, bienes y derechos, y los pasivos, esto es, obligaciones y deudas de la sociedad. Entre los aspectos relevantes, se destacan los siguientes:
- Abarca no solo el capital social, sino también reservas, utilidades retenidas, y otros resultados del ejercicio.
- A diferencia del capital social, que suele mantenerse constante salvo reforma estatutaria, el patrimonio varía en función de las operaciones económicas de la sociedad.
- Refleja la verdadera situación económica de la empresa en un momento determinado.
Como puede verse, el capital social es una figura estática salvo que se reformen los estatutos, mientras que el patrimonio es dinámico, reflejando la evolución de los bienes y obligaciones de la sociedad.

