NORMALIZACIÓN Y SANEAMIENTO DEL REGISTRO INICIAL DE VEHÍCULO DE TRANSPORTE DE CARGA

De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Resolución 3913 de 2019, la normalización por desintegración es un procedimiento administrativo especial que permite corregir irregularidades u omisiones presentadas en el registro inicial de un vehículo de carga, mediante la desintegración física de otro vehículo del mismo tipo y servicio.

1. Condiciones para acceder a la normalización.

Para que la normalización por desintegración sea procedente, deben cumplirse los siguientes requisitos:

  1. El propietario o poseedor del vehículo a normalizar y el propietario del vehículo a desintegrar deben estar inscritos en el RUNT.
  2. Ambos vehículos, el que se normaliza y el que se desintegra, deben estar registrados y activos en el RUNT.
  3. La matrícula inicial del vehículo a normalizar debe haberse efectuado entre el 2 de mayo de 2005 y el 27 de agosto de 2019.
  4. El vehículo a normalizar debe ser de servicio público o particular de carga.
  5. Debe efectuarse el pago del derecho de trámite correspondiente.
  6. Las características consignadas en la licencia de tránsito y la información técnica del vehículo deben coincidir con las registradas en el RUNT.

2. Procedimiento específico para normalización por desintegración:

  1. El sistema RUNT validará que el vehículo a desintegrar no esté postulado en otro proceso de normalización ni en programas de modernización.
  2. Se verificará que el vehículo a desintegrar no presente omisiones en su registro inicial.
  3. En los casos en que la matrícula corresponda a años en los que no se haya culminado la certificación de requisitos, la validación la realizará el Grupo de Reposición Integral de Vehículos en un término de 30 días.
  4. El solicitante deberá desintegrar con fines de normalización un vehículo de carga de su propiedad o de un tercero, del mismo servicio y tipo técnico equivalente.
  5. El trámite de desintegración física total y cancelación de matrícula deberá adelantarse conforme a las Resoluciones 12379 de 2012 y 332 de 2017.
  6. Una vez validada la cancelación, el RUNT genera la autorización de normalización, actualizando el registro automotor y de despacho de carga, levantando la anotación de omisión y estableciendo el estado “Normalizado”.

Cumplidos estos presupuestos, el proceso de normalización y saneamiento del registro inicial quedará ajustado a la normativa vigente.

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