En las sociedades por acciones, como las sociedades anónimas o las sociedades por acciones simplificadas (S.A.S.), el capital social se clasifica en tres categorías fundamentales: capital autorizado, capital suscrito y capital pagado.
Capital autorizado: Es el monto máximo de capital que la sociedad puede emitir en acciones, según lo establecido en sus estatutos. Este capital no representa un aporte inmediato, sino un límite que fija la cantidad total de acciones que la sociedad está autorizada a ofrecer a los inversionistas actuales o futuros.
Capital suscrito: Se refiere a la parte del capital autorizado que los accionistas han acordado suscribir, es decir, la cantidad de acciones que se han comprometido a adquirir.
El capital suscrito implica una obligación por parte de los accionistas de aportar ese valor a la sociedad, aunque dicho aporte no necesariamente se realiza de inmediato.
Capital pagado: Corresponde al valor del capital suscrito que ya ha sido efectivamente entregado por los accionistas a la sociedad. Es decir, representa los recursos que realmente han ingresado a la empresa como aportes de los socios.
Este capital puede ser aportado en dinero o en especie (bienes, derechos, etc.) y es el que la sociedad puede utilizar para su operación.
Tipos de aportes:
1. Aporte de trabajo
Esta modalidad es aplicable al denominado socio industrial, quien no contribuye con dinero ni con bienes, sino con su trabajo, conocimientos técnicos, habilidades profesionales, servicios específicos o incluso con la ejecución de actividades determinadas.
2. Aporte en dinero
Consiste en la entrega de recursos económicos a la sociedad, en dinero en efectivo.
3. Aporte en especie
Se conocen como aportes en especie cuando el socio o accionista transfiere a la sociedad bienes distintos al dinero, como inmuebles, vehículos, maquinaria, equipos, u otros activos.
En este caso, es indispensable que los bienes aportados sean valorables económicamente, es decir, que tengan un valor de mercado determinado.
De acuerdo con lo anterior, el aporte de capital es la promesa o compromiso que adquieren los socios de entregar a la sociedad una determinada cantidad de dinero o bienes.
Por su parte, el pago de capital se refiere al momento en que ese compromiso se cumple efectivamente, es decir, cuando el dinero o los bienes prometidos son entregados realmente a la sociedad y pasan a formar parte de su patrimonio.

